CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE PROYECTO DE REAL DECRETO DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES.

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

De conformidad con lo previsto en el artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, modificado por la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y, con carácter previo a la elaboración del texto, se somete a consulta pública previa el proyecto de Real Decreto de envases y residuos de envases.

Contents

A) PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR. 1

B) NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN.. 1

C) OBJETIVOS DE LA NORMA.. 1

D) POSIBLES SOLUCIONES ALTERNATIVAS. 1

Asunto: CONSULTA PUBLICA CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE PROYECTO DE REAL DECRETO DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES. 1

 

A) PROBLEMAS QUE SE PRETENDEN SOLUCIONAR

La gestión de residuos en la Unión Europea es un aspecto que debe reforzarse con miras a proteger, preservar y mejorar la calidad del medio ambiente, así como a proteger la salud humana, garantizar la utilización prudente, eficiente y racional de los recursos naturales, promover los principios de la economía circular, mejorar el uso de la energía renovable, aumentar la eficiencia energética, reducir la dependencia de los recursos importados, crear nuevas oportunidades económicas y contribuir a la competitividad a largo plazo.

En este contexto, la Unión Europea ha aprobado en 2018 varias Directivas dentro del paquete de economía circular, destinadas a adecuar la legislación de residuos a los retos del futuro, contribuyendo a evitar los residuos y a intensificar su reciclado. En el marco del nuevo paquete normativo en materia de residuos, tiene una especial relevancia la Directiva (UE) 2018/852, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases, orientada hacia la prevención, en especial a través de la reutilización, como vía más eficaz para mejorar la eficiencia en la utilización de los recursos y reducir el impacto medioambiental de los mismos.

Asimismo, la Directiva (UE) 2018/852 establece nuevas obligaciones y objetivos de reciclado para los residuos de envases para el medio y largo plazo, incluyendo además la obligación de adoptar medidas como la obligatoriedad de su recogida separada en todos los ámbitos, o la regulación de la responsabilidad ampliada del productor para todos los envases a partir de 2025.

De igual forma, las modificaciones introducidas por la Directiva (UE) 2018/851, que modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, estableciendo requisitos mínimos de funcionamiento de los regímenes de responsabilidad ampliada del productor (RAP)[1], supondrán la ampliación de la responsabilidad del productor respecto a la establecida en la Ley 11/1997, de 24 de abril de envases y residuos de envases, debiendo asumir el productor el coste real y total de la gestión de los residuos de envases y no el sobrecoste que recoge la mencionada ley.

Por su parte, la Directiva (UE) 2019/904, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente, establece requisitos en materia de responsabilidad ampliada del productor adicionales a aquellos que figuran en las Directivas 2008/98/CE y 94/62/CE para determinados productos de plástico de un solo uso enumerados en la parte E del anexo, entre los que se encuentran algunos tipos de envases. En este sentido, los productores de estos productos, además de las obligaciones de financiación establecida en la Directiva (UE) 2018/851, sufragarán los costes de las medidas de concienciación para evitar el abandono en el entorno de estos productos; los costes de la recogida de los residuos de los productos desechados en los sistemas públicos de recogida; y los costes de la limpieza de los vertidos de basura dispersa generada por dichos productos.

Todas estas normativas comunitarias obligan a revisar por un lado, la regulación sobre la RAP establecida en el Título IV de la Ley 22/2011, de 28 de julio, y por otro la normativa de envases y residuos de envases, para desarrollar la aplicación de la RAP para todos los envases y residuos de envases.

B) NECESIDAD Y OPORTUNIDAD DE SU APROBACIÓN

La Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados permitió que el régimen jurídico de la RAP en materia de envases continuase sujeto a la Ley 11/1997, de 24 de abril, de envases y residuos de envases (con carácter reglamentario tras la deslegalización realizada por la Ley 22/2011, de 28 de julio) y a su Reglamento de desarrollo (Real Decreto 782/1998).

Por todo ello, se va a aprovechar la incorporación de la Directiva (UE) 2018/852 a nuestro ordenamiento jurídico para acometer una actualización de toda la normativa de envases y residuos de envases, a través de un nuevo Real Decreto, que permita además desarrollar la aplicación de la RAP a todos los envases y residuos de envases conforme a las nuevas normas comunitarias.

La necesidad de transposición de la Directiva (UE) 2018/852 coincide en el tiempo con los actuales trabajos de transposición de otra serie de Directivas comunitarias en materia de residuos incluidas en el llamado paquete normativo de Economía Circular. Entre ellas, se está actualmente trabajando en la transposición de la Directiva (UE) 2018/851, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 2008/98/CE sobre los residuos, y va a suponer la elaboración de una nueva Ley estatal de carácter básico en materia de residuos, que además aclarare o modifique aquellos aspectos de la Ley 22/2011, de 28 de julio, de residuos y suelos contaminados, que tras estos años de experiencia se ha detectado que necesitan una revisión. Dicha Ley además incorporará las medidas necesarias para transponer la Directiva (UE) 2019/904, de 5 de junio de 2019, relativa a la reducción del impacto de determinados productos de plástico en el medio ambiente.

En consecuencia, existe la obligación de incorporar a nuestro ordenamiento jurídico tanto las disposiciones de la Directiva (UE) 2018/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, como los distintos preceptos contenidos en la Directiva (UE) 2019/904, referidos a los envases de plástico de un solo uso, y entre las que se encuentran los requisitos de diseño, la recogida separada obligatoria para su reciclado de botellas para bebidas de hasta 3 litros de capacidad, o los requisitos adicionales en materia de RAP.

C) OBJETIVOS DE LA NORMA

La nueva norma tendrá por objeto la transposición de la Directiva (UE) 2018/852, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE, y la aplicación de los preceptos de la Directiva (UE) 2019/904, referidos a los envases de plástico de un solo uso, revisando además en profundidad toda la normativa de envases y residuos de envases, y adoptando las medidas necesarias para cumplir con los nuevos retos, entre las que se encuentran:

-          Impulsar la prevención en la producción de residuos de envases como prioridad, así como su reutilización, como vía más eficiente para mejorar la eficiencia en la utilización de los recursos y reducir los efectos de los residuos en el medio ambiente.

-          Alcanzar los nuevos objetivos de reciclado para 2025 y 2030, de acuerdo al nuevo método de cálculo establecido en la Decisión de Ejecución (UE) 2019/665 de la Comisión, que modifica la Decisión 2005/270/CE.

-          Modificar el régimen de RAP de acuerdo a las nuevas orientaciones comunitarias, de forma que los productores afectados asuman el coste real y total de la de gestión de los residuos de envases, teniendo en cuenta que la financiación que aporten los productores debe hacerse con criterios de economía circular.

-          Aplicar la RAP a los envases comerciales e industriales.

-          Establecer los mecanismos que permitan incrementar la transparencia en relación a la información de envases y residuos de envases, y el adecuado seguimiento y control de las obligaciones de los productores de productos, así como de las organizaciones que cumplen las obligaciones en nombre de los anteriores, tanto en lo que respecta a la puesta en el mercado de productos como a la gestión de sus residuos.

D) POSIBLES SOLUCIONES ALTERNATIVAS

Con objeto de incorporar las novedades legislativas que emanan del derecho comunitario al ordenamiento jurídico español, especialmente en lo relativo a desarrollar el nuevo régimen de RAP para todos los envases y residuos de envases, caben dos posibilidades:

-          a través de una nueva norma completa que permita una revisión integral y coherente de toda la normativa de envases y residuos de envases actualmente en vigor, o

-          mediante una revisión parcial de la normativa en vigor que se limite a la transposición de las nuevas disposiciones comunitarias.

De acuerdo a todo lo anterior se recaban sus opiniones sobre las siguientes preguntas:

1. ¿Qué cuestiones considera prioritario abordar en la transposición de la Directiva (UE) 2018/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, por la que se modifica la Directiva 94/62/CE relativa a los envases y residuos de envases?

2. En consonancia con la jerarquía de residuos establecida en el artículo 4 de la Directiva 2008/98/CE, ¿qué medidas considera adecuadas para fomentar el uso de envases reutilizables y los sistemas para su reutilización de manera respetuosa con el medio ambiente, y sin comprometer la higiene de los alimentos, ni la seguridad de los consumidores? ¿Qué otras medidas considera necesarias para impulsar la prevención de los residuos de envases con el objeto de reducir la cantidad de residuos generada y sus efectos en el medio ambiente?

3. ¿Qué medidas específicas considera deben adoptarse para alcanzar los nuevos objetivos de reciclado del 65% en peso de todos los residuos de envases en 2025, y del 70% en 2030? ¿Y respecto a los objetivos de recogida separada de botellas de plástico de hasta 3 litros del 77% en peso en 2025 y 90% en 2029, previstos en la Directiva (UE) 2019/904?

4. ¿Tiene alguna sugerencia en cuanto a qué información podría facilitar a los ciudadanos la correcta gestión de los envases una vez que se convierten en residuos? ¿Qué otros instrumentos deben considerarse para incrementar la colaboración ciudadana en la recogida separada de residuos de envases?

5. ¿Considera necesario que se informe en el envase de la contribución a la financiación de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor? ¿Qué otra información en materia de envases podría aportar una mayor transparencia?

6. ¿Considera procedente diferenciar las obligaciones de los sistemas de responsabilidad ampliada del productor para los envases industriales, respecto de los comerciales? Y en su caso ¿en qué medida?

7. ¿Cómo considera que debe abordarse la incorporación de las ventas a distancia a las obligaciones en materia de RAP para estos envases?

8. ¿Considera necesaria mejorar la información relativa a la puesta en el mercado de envases y a la gestión de los residuos de envases? En caso afirmativo, ¿qué instrumentos considera más adecuados para ello?

Estas preguntas deben responderse teniendo en cuenta la fase preliminar de los trabajos de transposición en la que nos encontramos, y considerando que en todo caso existirá una fase de participación pública con un borrador del texto de transposición, en cumplimiento de la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente.

En relación a las cuestiones planteadas, y al objeto de dar cumplimiento al artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y al artículo 26.2 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, se solicita que envíen sus sugerencias conforme al formato siguiente al siguiente buzón de correo electrónico: bzn-sug Residuos@mapama.es

El plazo máximo para remitir sugerencias finaliza el 26 de mayo de 2020

Madrid, 25 de marzo de 2020.

Asunto: CONSULTA PUBLICA CONSULTA PÚBLICA PREVIA SOBRE PROYECTO DE REAL DECRETO DE ENVASES Y RESIDUOS DE ENVASES

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[1] Régimen de RAP: instrumento económico que implica obligaciones financieras o financieras y organizativas por parte de los productores de producto en relación con la gestión de los residuos originados por los productos que comercializan.